Servicio de Atención Psicológica a Niños, Niñas y Adolescentes que han sufrido abuso sexual y/o explotación sexual, así como a personas menores de edad perpetradoras

SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES QUE HAN SUFRIDO ABUSO SEXUAL Y/O EXPLOTACIÓN SEXUAL, ASÍ COMO A PERSONAS MENORES DE EDAD PERPETRADORAS

El programa está financiado por la Conselleria de Igualtat i Polítiques Inclusives. La Asociación S.P.A.M. lo ha gestionado desde 2013 hasta junio de 2022.

El equipo está compuesto por dos psicólogas.

Los contenidos son los siguientes:

  • Asistencia psicológica a los/las menores víctimas de abusos sexuales y a sus familiares o tutores.
  • Asistencia social a la unidad familiar de los menores víctimas de abusos sexuales.
  • Asesoramiento jurídico a los padres o tutores de menores víctimas de abusos sexuales.
  • Prevención de agresiones sexuales en menores.

Sobre el Abuso sexual infantil…

“Se considera abuso sexual infantil (ASI) a involucrar a un niño/a o persona adolescente, en actividades sexuales que no llega a comprender totalmente, a las cuales no está en condiciones de dar consentimiento informado, o para las cuales está evolutivamente inmaduro/a y tampoco puede dar consentimiento, o en actividades sexuales que trasgreden las leyes o las restricciones sociales.

El abuso sexual infantil se manifiesta en actividades entre un/a niño/a y un/a adulto/a, o entre un/a niño/a y otra persona que, por su edad o por su desarrollo, se encuentra en posición de responsabilidad, confianza o poder. Estas actividades -cuyo fin es gratificar o satisfacer las necesidades de la otra persona- abarcan pero no se limitan a: la inducción a que un/a niño/a se involucre en cualquier tipo de actividad sexual ilegal, la explotación de niños/as a través de la prostitución o de otras formas de prácticas sexuales ilegales y la explotación de niños/as en la producción de materiales y exhibiciones pornográficas”.

Sector de actuación

La intervención psicológica va dirigida a niños, niñas y personas adolescentes que han sufrido abuso sexual y/o explotación sexual, así como a menores de edad perpetradores de los abusos sexuales, y a sus familias, siempre que en ambos casos sean menores del Sistema de Protección de Menores de la Comunidad Valenciana, en los que concurra situación de riesgo o desamparo, conforme a lo dispuesto en el Código Civil, en la Ley Orgánica1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 93/2001, de 22 de mayo del Gobierno Valenciano.